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DECRETO SUPREMO Nº 08145

RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que es necesario ampliar el Decreto Supremo No. 08092 de 5 de septiembre del año en curso, relativo a la Sociedad Gestora del Proyecto Abapó-Izozog.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se amplía el artículo 1° del Decreto Supremo No. 08092 de 5 de septiembre del año en curso, integrando la Sociedad Gestora del Proyecto Abapó Izozog con los representantes del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, Ministerio de Defensa Nacional y un representante de las Fuerzas Armadas de la Nación.

 

Los señores Ministros en sus carteras correspondientes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y siete años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Antonio Arguedas, Alberto Crespo G., Walter Guevara A., Roberto Prudencio, Mario Rolón A., Rolando Pardo R., Hugo Zárate B., Lucio Paz Rivero, Luis Zurita, Ricardo Anaya, Juan Lechín S., Miguel Bonifaz P., Marcelo Galindo de U.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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