TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

LEY Nº 3889

LEY DE 18 DE JUNIO DE 2008

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Declarase de prioridad nacional y departamental la ejecución del asfaltado del tramo carretero La Joya – Chuquichambi – Huayllamarca – Totora – Curahuara de Carangas del Departamento de Oruro, declarado por la Ley N° 3020 como parte de la Red Fundamental.

 

Artículo 2. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Oruro conjuntamente la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), gestionar los recursos necesarios para su ejecución.

 

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de junio de dos mil ocho años.

 

Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernándo Rodríguez Calvo, Orlando Careaga Alurralde, Heriberto Lázaro Barcaya, Roxana Sandoval Román.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil ocho años.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Oscar Coca Antezana.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|