Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025
DECRETO SUPREMO Nº 05907
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en el Capitulo IV, artículo 21 del Reglamento del Escalafón Nacional del Servicio de Educación, actualmente vigente, se establece una escala jerárquica que estimula la carrera administrativa en el servicio de Educación;
Que, como una condición necesaria para el eficiente desempeño de las funciones administrativas del servicio de Educación, se debe garantizar la continuidad e inamovilidad del personal administrativo, bajo las mismas condiciones señaladas para el personal docente;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Agrégase al Reglamento del Escalafón del Magisterio el artículo 88, con el siguiente texto: El artículo 73, del presente Reglamento, y el artículo 243, del Código de la Educación Boliviana, se extiende a los empleados administrativos del servicio escolar. En el caso de los regentes, este beneficio no comprende a los que carezcan de título profesional expedido por las Escuelas Normales o por la Dirección General de Educación como coronamiento de cursos intensivos.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación y Bellas Artes, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, E. Arze Quiroga, José Fellman V, J. L. Gutiérrez Granier, A. Cuadros Sánchez, Ñuflo Chávez O., A. Gumucio Reyes, Guillermo Jáuregui, Mario Sanjinés U., R. Jordán Pando.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021