TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 28955

 

ALVARO MARCELO GARCIA LINERA

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

 

Que del 6 al 9 de diciembre del presente año, se llevara a cabo la Segunda Cumbre de la Comunidad Sudamericana de Naciones, en la Ciudad de Cochabamba.

 

Que la solicitud del Alcalde Municipal de la Ciudad de Cochabamba, manifiesta que al constituirse ese Municipio en anfitrión de la Segunda Cumbre de la Comunidad Sudamericana de Naciones, es necesario realizar algunas mejoras en la ciudad, a cuyo efecto se ha elaborado un diseño técnico – arquitectónico y un presupuesto que asciende a la suma de Bs6.162.931.- (SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN 00/100 BOLIVIANOS).

 

Que la premura de tiempo, impide a la Alcaldía Municipal de la Ciudad de Cochabamba cumplir con los procesos normales de contratación, por lo que es necesario emitir el presente Decreto Supremo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO UNICO.-

I. Autorizar, al Gobierno Municipal de la Ciudad de Cochabamba, con carácter de excepción, la contratación directa de Bienes y Servicios Generales por el monto de Bs6.162.931.- (SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN 00/100 BOLIVIANOS), para ser invertidos en el programa de mejoras de la ciudad, a fin de preparar la Segunda Cumbre de la Comunidad Sudamericana de Naciones, de acuerdo al Anexo adjunto.

 

II. El Gobierno Municipal de la Ciudad de Cochabamba deberá informar al Sistema de Contrataciones Estatales – SICOES y a la Contraloría General de la República sobre los procesos de contratación y la forma de disposición de los recursos a ser utilizados.

 

Los Señores Ministros de Estado, en los Despachos de Presidencia y Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil seis.

FDO. ALVARO MARCELO GARCIA LINERA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, David Choquehuanca Céspedes, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez Ministro de Defensa Nacional e Interino de la Presidencia, Casimira Rodríguez Romero, Hernando Larrazabal Córdova, Luis Alberto Arce Catacora Ministro de Hacienda e Interino de Producción y Microempresa, Abel Mamani Marca, Salvador Ric Riera Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda e Interino de Hidrocarburos y Energía, Hugo Salvatierra Gutiérrez, José Guillermo Dalence Salinas, Santiago Alex Gálvez Mamani, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda.

 

ANEXO D.S. 28955

 

PRESUPUESTO PARA MEJORAS CIUDAD DE COCHABAMBA

DESCRIPCION ITEM

UND.

CANTIDAD

P. UNIT.

PARCIAL (Bs)

1

TAPEADO

m2

20.000,00

17,59

351.800,00

2

PLANTACION DE ARBOLES

pza.

20.000,00

15

300.000,00

3

PROTECTOR DE JARDIN 0,050 MTS ALTO

m.

10.000,00

62,53

625.300,00

4

LETREROS METALICOS

pza.

1.000,00

1.008,12

621.465,00

5

LIMPIEZA DE MUROS

m2

200,00

6,83

1.366,00

6

DEMARCACION DE CALLES

m.

30.000,00

26,9

807.000,00

7

ILUMINACION POSTE METALICO TIPO FAROLA

pto.

200,00

3.545,00

709.000,00

8

BACHEO

m2

1.000,00

67

67.000,00

9

ASFALTADO DE CALLES SOBRE EMPEDRADO

m2

15.000,00

112

1.680.000,00

10

DIFUSION Y PROMOCION CUMBRE

Gl

1,00

1.000.000,00

1.000.000,00

 

TOTAL

 

 

 

6.162.931,00

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|