TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 07984

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo No. 07515 de 16 de febrero de 1966, se declaró de necesidad y utilidad pública la expropiación del inmueble situado en la calle Santa Cruz número 466, conocido con el nombre de “Tambo Copacabana”;

 

Que, ha desaparecido la necesidad de expropiar el merituado inmueble, por haberse solucionado el problema de local de la escuela “Vicenta Eguino” de esta ciudad;

 

Que, el indicado inmueble debe ser adquirido por la Cooperativa Agrícola del Super Mercado, con el objeto de construir un mercado comercial, para la venta de los productos agrícolas de las provincias del Departamento de La Paz, en forma directa a los consumidores, evitando los intermediarios;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Derógase el Decreto Supremo No. 07515, de 16 de febrero de 1966.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de abril de mil novecientos sesenta y siete años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Alberto Crespo G., Antonio Arguedas M., José Romero Loza, Gral. Hugo Suárez Guzmán, Edgar Ortiz Loma, H. Bozo Alcócer, Walker Humérez, Roque Aguilera V., Marcelo Galindo de U.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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