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DECRETO SUPREMO Nº 07940

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que la H. Junta Especial de Almonedas de la Comisión Mixta Ferroviaria Boliviano-Argentina, en su reunión de 27 de enero del año en curso, aprobado el informe de la Comisión Especial y por ser conveniente a los intereses del Estado, ha hecho adjudicaciones a determinadas firmas para la adquisición de materiales de construcción y otros;

 

Que la nombrada Junta ha solicitado la aprobación de dichas adjudicaciones de acuerdo a la Resolución Suprema No. 129984 de 4 de octubre de 1964.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase las adjudicaciones efectuadas por la H. Junta Especial de Almonedas de la Comisión Mixta Feroviaria Boliviano-Argentina, en favor de las firmas abajo nombradas y que corresponden a la adquisición de materiales cuya compra se autoriza previos los trámites del caso, de conformidad al siguiente detalle:

 

INDEVCOS S.A.

 

 

 

 

 

Alambre de cobre para línea telefónica (39,100 kgs.)..........................................

 

$us.

 

51.412.21

 

 

 

S.A. BOLIVIANA MERCANTIL “SABIA”

 

 

 

 

 

Cañería de fibrocemento para captación de agua (Eternit) ...................................

 

 

15.015.00

 

 

 

S. HOWSON S.A.

 

 

 

 

 

Dos camionetas Power-Wagon .............

9.886,60

 

 

 

LINALE & WEISS

 

 

 

 

 

Cambios de vía y aparatos maniobra (33 pzs., 14 pza. y 6 pares, respectivamente)

 

 

 

 

42.699.00

 

$us.

119.012.81

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Obras Públicas y Comunicaciones, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y siete años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Alberto Crespo, José Romero Loza, Rolando Pardo R., Hugo Bozo A., Cnl. César Loma Navia, Walker Humerez, Edgar Ortiz Lema, Florencio Alvarado, Marcelo Galindo de U., Fernando Diez de Medina.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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