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DECRETO PRESIDENCIAL N° 28073

 

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios debe ausentarse del país, en misión oficial a la ciudad de Caracas - Venezuela, del 7 al 8 de abril de 2005, a objeto de presidir la Delegación Nacional que sostendrá la Reunión Político Empresarial del Sector Oleaginoso.

 

Que dicha reunión se enmarca en los esfuerzos que realiza el gobierno para superar los obstáculos existentes en el mercado venezolano para las exportaciones del sector agrícola y agroindustrial.

Que es necesario designar Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho de conformidad a lo dispuesto por el artículo 2, numeral II de la Ley 2446 de 19 de marzo de 2003.

 

D E C R E T A :

 

ARTICULO UNICO.- Desígnase Ministro Interino de Asuntos Campesinos y Agropecuarios al ciudadano Dr. Ernesto Muñoz Pereyra, Viceministro de Asuntos Campesinos y Desarrollo Rural, mientras dure la ausencia del titular.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de abril del año dos mil cinco.

 

FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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