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DECRETO PRESIDENCIAL N° 27986

 

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad a lo establecido por el Artículo 99 de la Constitución Política del Estado, corresponde al Presidente de la República designar Ministros de Estado mediante Decreto Presidencial.

 

Que la Ley N° 2446 de 19 de marzo de 2003, de Organización del Poder Ejecutivo, y sus Disposiciones Reglamentarias, establecen el número y atribuciones de los Ministros de Estado, así como la estructura orgánica y funcional del Poder Ejecutivo.

 

Que mediante Decreto Presidencial N° 27214 de 19 de octubre de 2003, en el marco de lo establecido en el Parágrafo IV, Artículo 2 de la Ley 2446, se establece el cargo del Ministro Sin Cartera Responsable de Participación Popular.

 

Que habiendo el Ministro Sin Cartera Responsable de Participación Popular presentado su renuncia al cargo, es necesario nombrar interinamente al Ministro responsable de dicho Despacho, con la finalidad de otorgar continuidad en el desenvolvimiento institucional.

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO UNICO.- Se designa Ministro Interino Sin Cartera Responsable de Participación Popular al ciudadano Luis Marcelo Rengel Retamozo, quien tomará posesión del cargo con las formalidades de ley.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil cinco.

 

FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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