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DECRETO SUPREMO N° 27935

 

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003, establece el Presupuesto General de la Nación para la Gestión 2004; normativa legal que contempla la ejecución de proyectos de inversión pública de la Prefectura del Departamento de Potosí, algunos de los cuales no fueron inscritos en su totalidad, lo que dificulta la culminación de los mismos.

 

Que tomando en cuenta la necesidad de ejecución presupuestaria de la Prefectura del Departamento de Potosí, es necesaria la inscripción de los proyectos de inversión en su totalidad presupuestaria, lo que representa realizar un incremento en las partidas 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”.

 

Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, establece que para cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” para la gestión 2004, deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.

 

EN CONSEJO DE GABINETE,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO UNICO.-

I. Se aprueba y autoriza la inscripción de Presupuesto Adicional de Bs. 156.730.- (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA 00/100 BOLIVIANOS) en la Partida de Gasto 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión”, financiados con recursos provenientes del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados – IEHD, bajo el siguiente detalle:

PROYECTO PARTIDA MONTO FTE. FIN.

 

Desarrollo de Aguas Subterráneas 25800 Bs. 156.730.- 44-117

 

II. Se aprueba y autoriza la inscripción de Presupuesto Adicional de Bs. 323.915.- (TRESCIENTOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS QUINCE 00/100 BOLIVIANOS) en la Partida de Gasto 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, financiados con recursos provenientes de transferencias del Tesoro General de la Nación, bajo el siguiente detalle:

 

PROYECTO PARTIDA MONTO FTE. FIN.

 

Plan Departamental de Electrificación 46200 Bs. 178.121.- 44-111

Proyecto Agropecuario Integrado San Cristóbal 46200 Bs. 145.794.- 44-111

 

III. Se aprueba y autoriza la inscripción de Presupuesto Adicional de Bs. 384.157.- (TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE 00/100 BOLIVIANOS) en las Partidas de Gasto 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, financiados con recursos provenientes de Regalías Mineras, bajo el siguiente detalle:

 

PROYECTO PARTIDA MONTO FTE. FIN.

 

Centro de Investigación Minero Ambiental - CIMA 25800 Bs. 362.278.- 20-220

Plan Departamental de Electrificación 46200 Bs. 21.879.- 20-220

 

El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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