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DECRETO SUPREMO N° 27839

 

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley N° 2446 de 19 de marzo de 2003 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece las normas que rigen la organización y funcionamiento del Poder Ejecutivo, determinando su estructura y competencias.

 

Que el Decreto Supremo Nº 27374 de 17 de febrero de 2004, estableció sólo una Dirección General en la estructura organizacional del Viceministerio de Justicia.

 

Que el Decreto Supremo N° 27732 de 15 de septiembre de 2004, readecua la estructura organizacional del Poder Ejecutivo, estableciendo bajo la estructura del Viceministerio de Justicia, dos Direcciones Generales.

 

Que con el objeto de facilitar la funcionalidad del Viceministerio de Justicia, es necesario reordenar su estructura organizacional.

 

EN CONSEJO DE GABINETE,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO UNICO.-

I. Se modifica la estructura del Viceministerio de Justicia establecida en el Artículo 10 del Decreto Supremo Nº 27732 de 15 de septiembre de 2004, de la siguiente manera:

 

“Viceministerio de Justicia

Dirección General de Acceso a la Justicia y Justicia Comunitaria”

 

II. Se modifica el inciso b) de las funciones del Viceministro de Justicia establecida en el Artículo 11 del Decreto Supremo Nº 27732, de la siguiente manera:

“b) Por delegación expresa del Ministro crear y administrar Programas relativos al acceso y modernización de la justicia, defensa, promoción y difusión de los derechos humanos y, actualización de la normativa vigente nacional.”

III. La modificación de la estructura del Viceministerio de Justicia, no implicará gastos presupuestarios adicionales por parte del Tesoro General de la Nación.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de la Presidencia queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil cuatro.

 

FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Mauricio Navarro Banzer Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Rosario Quiroga Morales Ministra Interina de Salud y Deportes, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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