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DECRETO SUPREMO N° 27750

 

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley N° 2446 de 19 de marzo de 2003 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece que el Ministerio de Hacienda es el Organo Rector del Sistema Presupuestario.

 

Que el Capítulo V de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990 – Ley de Administración y Control Gubernamentales, norma la Responsabilidad por la Función Pública.

 

Que el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, establece la racionalización de los gastos en las entidades públicas y, determina que mediante Decreto Supremo serán aprobados los incrementos en las partidas de gasto de consultorías 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Dominio Público”.

 

Que se suscribió el Acuerdo de Cooperación Financiera oficial el 19 de diciembre de 2003, entre Frankfurt am Main – KfW y la República de Bolivia (Beneficiario) representado por el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Servicios y Obras Públicas, por la suma de Eur. 5.112.918,81.- (CINCO MILLONES CIENTO DOCE MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO 81/100 EUROS), para implementar el Proyecto Energías Renovables con Energías Alternativas a través de microcentrales hidroeléctricas.

 

Que se ha suscrito el Convenio Subsidiario correspondiente entre el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Servicios y Obras Públicas – Viceministerio de Electricidad y Energías Alternativas, en fecha 16 de marzo de 2004.

 

Que del monto total equivalente a Bs.11.949.275.- (ONCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO 00/100 BOLIVIANOS), se destina Bs.2.826.703.- (DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS TRES 00/100 BOLIVIANOS) a la partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” y, el saldo a las demás partidas de gasto de acuerdo a presupuesto.

 

EN CONSEJO DE GABINETE,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO UNICO.- Se aprueba y autoriza la inscripción de la Partida 462 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” en el presupuesto del Ministerio de Servicios y Obras Públicas, por un monto de Bs.2.826.703.- (DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS TRES 00/100 BOLIVIANOS).

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Servicios y Obras Públicas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.

 

FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Erwin Angel Aguilera Antunez Ministro Interino de Desarrollo Sostenible, Horst Grebe López, Carlos Romero Mallea Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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