TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 27435

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

 

Que el Artículo 7 de la Ley N° 2627 de 30 de diciembre de 2003 – Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004, señala que el Resultado Fiscal en cada presupuesto institucional se calculará en base al resultado fiscal (superhabit/déficit) y su participación e incidencia en el resultado fiscal global del Presupuesto General de la Nación 2004.

 

Que el Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, dentro del marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios de Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Construcciones de Bienes de Dominio Público” deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.

 

Que en diciembre de 1998, el Ex – Viceministerio de Asuntos de Género, Generacionales y Familia - VAGGF, ha suscrito el Convenio denominado “Plan para la Equidad de Género”, con la Agencia Sueca para el Desarrollo Internacional – ASDI, para el período comprendido entre diciembre de 1998 a diciembre de 2001, por un monto total de SEK 30.000.000.- de donde la participación para el VAGGF alcanza a SEK 18.360.000.-.

 

Que asimismo, en junio de 2001 se firma una enmienda al citado Convenio, ampliándose el período de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2002; para lo cual, fueron aplicadas las Auditorias Especiales a las gestiones 1999, 2000 y 2001, en cumplimiento a los términos del Convenio, por lo que corresponde realizar la auditoria externa al período fiscal 2002; para este efecto, ha sido aprobado el financiamiento de Bs. 45.446.- (CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS 00/100 BOLIVIANOS), a ser ejecutado por el Viceministerio de la Mujer, que son financiados con recursos de donación externa de la Agencia Sueca para el Desarrollo Internacional – ASDI.

 

Que en cumplimiento al Artículo 7 de la Ley N° 2627, el Concejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES, en fecha 25 de marzo del presente año, mediante Resolución de CONAPES N° 7/2004, aprueba la inscripción de recursos para el Viceministerio de la Mujer del Ministerio de Desarrollo Sostenible.

 

EN CONSEJO DE GABINETE,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO UNICO.- Se aprueba y autoriza la inscripción de Presupuesto – Gestión 2004, de Bs. 45.446.- (CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS 00/100 BOLIVIANOS), en favor del Viceministerio de la Mujer del Ministerio de Desarrollo Sostenible, financiado con recursos de donación externa de la Agencia Sueca para el Desarrollo Interamericano – ASDI, destinada a incrementar la partida de gasto 25200 “Estudios e Investigaciones”, de acuerdo al Anexo adjunto, de conformidad a lo establecido por el Artículo 7 de la Ley N° 2627 y el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27327.

El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de abril del año dos mil cuatro.

 

FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Antonio Aranibar Quiroga, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino.

 

 

 

ANEXO AL D.S. N° 27435

MODIFICACION PRESUPUESTARIA

PROYECTO DE FORTALECIMIENTO "PROGRAMA DE LA MUJER"

GESTION 2004

(En Bolivianos)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A SER INCREMENTADAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 80 DONACION EXTERNA

 

ORG. FIN.: 520 AGENCIA SUECA PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL - ASDI

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENT

DA

UE

PRG

PRY

ACT

FTE

ORG

OBJ

ET

 

IMPORTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

0065

01

05

27

00

01

80

520

25200

000

Estudios e Investigaciones

45.446,00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL GENERAL FUENTE 80

45.446,00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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