TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 27433

 

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley N° 2627 de 30 de diciembre de 2003 – Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004, establece los niveles de remuneración de las consultorías individuales y sus restricciones, exceptuando a las consultorías para realizar trabajos específicos por plazo y producto determinado y no renovable en un período similar al de la duración del contrato.

 

Que el Decreto supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, dentro del marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las Partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios de Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Construcciones de Bienes de Dominio Público” deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.

 

Que la normatividad del sistema de Presupuesto es de aplicación obligatoria sin excepción alguna en todas las instituciones públicas señaladas en los Artículos 3 y 4 de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990 – Ley de Administración y Control Gubernamentales, bajo responsabilidad de las máximas autoridades ejecutivas y de los servidores públicos que participan en el proceso presupuestario.

 

Que en fecha 31 de julio de 2002 se ha suscrito el Convenio de Fortalecimiento Institucional a través del Desarrollo del Control Interno, firmado entre la Oficina de Cooperación Canadiense y la Contraloría General de la República por un monto de $us. 29.100.- (VEINTINUEVE MIL CIEN 00/100 DOLARES AMERICANOS) equivalentes a Bs. 233.673.- (DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES 00/100 BOLIVIANOS).

 

Que en cumplimiento al Artículo 7 de la Ley N° 2627, el Concejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES, en fecha 25 de marzo del presente año, mediante Resolución de CONAPES N° 3/2004, aprueba la inscripción de recursos para el Proyecto “Fortalecimiento Institucional a través del Desarrollo del Control Interno” de la Contraloría General de la República.

 

EN CONSEJO DE GABINETE,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO UNICO.-

I. Se aprueba la inscripción del Presupuesto – Gestión 2004 de la Contraloría General de la República, en el marco del Convenio de Fortalecimiento Institucional a través del Desarrollo del Control Interno, con fondos de la Cooperación Canadiense por un monto de $us. 29.100.- (VEINTINUEVE MIL CIEN 00/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a Bs. 233.673.- (DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo al Anexo”A” adjunto.

II. Los fondos utilizados para la contratación de Consultorías y compras, deberán enmarcarse a lo establecido en la Ley N° 1178, a la normativa del donante y al Decreto Supremo N° 27040 que aprueba las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento al presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de abril del año dos mil cuatro.

 

FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Antonio Aranibar Quiroga, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino.

 

 

ANEXO AL D. S. N° 27433

 

DONACION EXTERNA FLARSP CANADA

ESTRUCTURA PROGRAMATICA

 

I N G R E S O S

(En Bolivianos)

18000 DONACIONES CORRIENTES 233.673.00

18200 Donaciones Corrientes del Exterior 233.673.00

18220 De Países y Organismos Internacionales 233.673.00

18222 No Monetizable 233.673.00 TOTAL 233.673.00

G A S T O S

(En Bolivianos)

 

INSTITUCION: 093 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

FUENTE: 80 DONACION EXTERNA

ORGANISMO 511 AGENCIA CANADIENSE PARA EL

FINANCIADOR DESARROLLO INTERNACIONAL

DIREC. ADMTVA.: 02 DIRECCION ADMINISTRATIVA

UND.EJECUTORA: 02 DIRECCION ADMINISTRATIVA

PROGRAMA: 10 CONTROL GUBERNAMENTAL

ACTIVIDAD: 01 DIRECCION SUPERIOR

GESTION: 2004

 

20000 SERVICIOS NO PERSONALES 226.848.00

22000 Servicio de Transporte y Seguros 35.332.00

22100 Pasajes 35.332.00

25000 Servicios Profesionales y Comerciales 180.274.00

25200 Estudios e Investigaciones 168.630.00

25600 Imprenta 11.644.00

26000 Otros Servicios no Personales 11.242.00

26900 Otros Servicios no Personales 11.242.00

30000 MATERIALES Y SUMINISTROS 6.825.00

39000 Productos Varios 6.825.00

39500 Utiles de Escritorio y Oficina 6.825.00

TOTAL 233.673.00

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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