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DECRETO LEY Nº 07744

GENERAL DE EJERCITO ALFREDO

OVANNDO CANDIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, para la construcción de cuatro Escuelas Tipo en las localidades de Tarija Guayaramerín, Puerto Suárez y Cobija, el Ministerio de Educación juntamente con USAID/B formalizó un contrato de obra con la Empresa Constructora “Lupo”;

 

Que, la mencionada Compañía no cumplió con su obligación de construir los edificios escolares, resultando de su incumplimiento deuda que asciende a $b. 488.410,05;

 

Que, como consecuencia de dicho incumplimiento, de los dineros que se le entregó en calidad de anticipo para las construcciones, resultó el Ministerio de Educación gravemente perjudicado, motivo por el cual tuvo que seguir las acciones judiciales correspondientes;

 

Que, para evitar mayores perjuicios al Ministerio y en vista de la proposición favorable que hace la Empresa Constructora “Lupo”;

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Ministerio de Educación, la suscripción de un acuerdo transaccional con la Compañía “Lupo”, a fin de que el Ministerio no resulte perjudicado, debiendo quedar en favor del Ministerio la casa situada en la Avenida 6 de Agosto de esta ciudad y volver a la propiedad de la Compañía “Lupo” la casa situada en Obrajes de esta ciudad.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno a los veintiocho días del mes de julio de mil novecientos sesenta y seis años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Hugo Banzer S., Cnl. Juan José Torrez G., Cnl. Sigfredo Montero V., Cnl. Jaime Berdecio Z, Cnl. Rogelio Miranda B., Tcnl. René Bernal E., Cnl. Carlos Ardiles I., Cnl. Juan Lechín S., Marcelo Galindo de U., Fernando Diez de Medina.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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