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DECRETO SUPREMO N° 26193

 

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Magisterio Fiscal Nacional es beneficiado anualmente con el pago de los bonos institucional y prolibro, de acuerdo al convenio suscrito por autoridades del Gobierno, las confederaciones del Magisterio Fiscal Nacional y la Central Obrera Boliviana en abril de 1992.

 

Que mediante Decreto Supremo N° 25796 de 2 de junio de 2000, se incrementó el monto del bono institucional de Bs646 a Bs695 para la gestión 2000.

 

Que se acordó incrementar el mencionado bono, en base al porcentaje de inflación registrado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) al cierre de la gestión 2000.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

ARTICULO UNICO.- Incrementar el monto del Bono Institucional para el sector activo del Magisterio Fiscal Nacional de Bs695.- a Bs719.- para la gestión 2001.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Educación, Cultura y Deportes y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil uno.

 

FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Marcelo ,Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Mario Galindo Sosa MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y PLANIFICACION, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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