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DECRETO SUPREMO N° 25975

 

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que dentro de las políticas del Supremo Gobierno, como un objetivo de prioridad nacional, está la de integrar y vincular el territorio mediante la permanente mejora de la infraestructura vial.

 

Que el cumplimiento de ese objetivo, tendrá un impacto real en la calidad de vida de los habitantes, disminuyendo el índice de pobreza.

 

Que es necesario buscar los medios efectivos para apoyar las exportaciones nacionales y la vinculación expedita con terceros países, siendo imperioso continuar dotando a Bolivia, de una adecuada infraestructura de transporte por carretera, abaratando los actuales costos de operación y los fletes en el transporte de carga.

 

Que dentro del Plan Maestro de Transporte y por Superficie (PMTS) se tiene priorizada la construcción, el mantenimiento y el mejoramiento de los tramos comprendidos dentro de la Red Vial Fundamental, entre los que se encuentra el de “Kuchu Ingenio – Villazón”, el mismo que cuenta con el respectivo diseño aprobado.

 

Que es también deber del Gobierno Nacional, impulsar proyectos para el desarrollo vial, social y humano que permitan invertir al sector privado, importantes recursos que contribuyan a las soluciones de equipamiento y construcción .

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO UNICO.- Declárase de prioridad nacional, la construcción de las obras de integración caminera “Kuchu Ingenio – Villazón” en el departamento de Potosí, como parte de la Red Vial Fundamental a cuyo objeto se autoriza proseguir con todos los trámites correspondientes hasta su conclusión, destinados a obtener el respectivo financiamiento y posterior ejecución de este proyecto hasta su finalización.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico y de Comercio Exterior e Inversión, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil.

 

FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Wálter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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