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DECRETO PRESIDENCIAL Nº 25965

 

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto Presidencial Nº 25956 de 20 de 0ctubre de 2000 , se ha creado el Ministerio Sin Cartera Responsable de Asuntos Campesinos, Pueblos Indígenas y Originarios, con atribuciones específicas que se detallan en el referido Decreto Presidencial.

 

Que mediante Decreto Supremo Nº 25962 de 21 de octubre de 2000, se reglamenta la organización y funciones del Ministerio Sin Cartera Responsable de Asuntos Campesinos, Pueblos Indígenas y Originarios.

 

Que es atribución privativa del Presidente de la República, en aplicación del artículo 99 de la Constitución Política del Estado, designar Ministros de Estado para el manejo de la Administración Pública, cuyo número y atribuciones están determinadas por la Ley 1788 de 16 de septiembre de 1997.

 

D E C R E T A :

 

ARTICULO UNICO.- Se designa Ministro Sin Cartera, Responsable de Asuntos Campesinos, Pueblos Indígenas y Originarios al ciudadano WIGBERTO RIVERO PINTO, quién tomará posesión de su cargo, con las formalidades de Ley.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de octubre del año dosmil.

 

FDO. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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