TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO No. 25857

 

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que en cumplimiento a lo prescrito por el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, el Congreso Nacional debe reunirse ordinariamente cada año el día 6 de agosto.

 

Que es atribución del Poder Ejecutivo convocar al Honorable Congreso Nacional con expreso señalamiento del lugar de reunión.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Convócase al Honorable Congreso Nacional para la Legislatura Ordinaria de 2000-2001, cuya solemne instalación se realizará en la ciudad de Sucre, el día domingo 6 de agosto próximo a horas 15:00, con el ceremonial de estilo. Las sesiones se llevarán a cabo en la ciudad de La Paz.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, de Gobierno y de la Presidencia, quedan encargados de la ejecución cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de julio del año dosmil.

 

FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Bernardo Requena Blanco MINISTRO INTERINO DE HACIENDA, Juan Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vásquez Villamor, Walter Nuñez Rodríguez MINISTRO INTERINO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|