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DECRETO SUPREMO N° 25769

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que es objetivo fundamental del Supremo Gobierno de Bolivia contribuir a financiar la Reforma y Modernización de la Aduana Nacional, con el fin de fortalecer su capacidad institucional y contribuir al incremento de los ingresos fiscales a través de la implantación y aplicación de una nueva Ley de Aduanas especialmente en el ámbito de los Tribunales de Justicia, el apoyo a la implementación de una gestión aduanera y la adaptación de procedimientos operativos y el fortalecimiento del área de valoración de mercancías;

Que para el efecto, el Banco Interamericano de Desarrollo ha acordado conceder a la República de Bolivia, un préstamo hasta CINCO MILLONES DE DOLARES ($US. 5.000.000.-) o su equivalente en otras monedas, con recursos de su Fondo para Operaciones Especiales, destinado a financiar el Proyecto de Reforma y Modernización de la Aduana Nacional de Bolivia;

Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Contrato a objeto de materializar este financiamiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A :

ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ministro de Hacienda, o al Embajador de Bolivia en Estados Unidos de Norteamérica, a suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en nombre del Gobierno de la República de Bolivia, el correspondiente Contrato de préstamo, por un monto de hasta CINCO MILLONES DE DOLARES ($US. 5.000.000.-), destinado a financiar el Proyecto de Reforma y Modernización de la Aduana Nacional de Bolivia.

ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Tesoro General de la Nación traspasar los recursos del préstamo mediante Convenio Subsidiario a la Aduana Nacional, Organismo Ejecutor del Programa.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Presidencia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil.

FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Ronald Mac Lean Abaroa, Juan Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, José Alfredo Henicke Bruno, MINISTRO INTERINO DE SALUD Y PREVISION SOCIAL, Luis Vásquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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