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DECRETO LEY Nº 07690

GENERAL DE EJERCITO ALFREDO

OVANDO CANDIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, los Ministros de Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia y de Asuntos Exteriores de España, suscribieron en fecha 15 de febrero del presente año en la ciudad de Madrid Convenios Cultural y de Cooperación Social;

 

Que, conviene al interés nacional la ejecución de dichos instrumentos, en concordancia con su intención de contribuir al mejoramiento del intercambio cultural y de la cooperación social a ambos países, por lo que es necesaria su ratificación;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON CARGO DE APROBACIÓN LEGISLATIVA,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Ratifícase los Convenios Cultural y de Cooperación Social Hispano-Boliviano, suscritos el 15 de febrero del presente año, en la ciudad de Madrid, por los Ministros de Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia y de Asuntos Extranjeros de España.

 

ARTÍCULO 2.- Apruébase el “Protocolo de Cooperación Económica y Técnica”, suscrito, igualmente en Madrid, el 18 de febrero del año en curso.

 

ARTÍCULO 3.- El canje de ratificaciones, se efectuará, de acuerdo a lo estipulado en los Convenios conforme a la práctica establecida.

 

El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.

 

Es dado en la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de julio de mil novecientos sesenta y seis años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cnl. Joaquín Zenteno A., Tcnl. Hugo Banzer S., Cnl. Sigfredo Montero V., Cnl. Rogelio Miranda B., Cnl. Juan José Torrez G., Cnl. Eduardo Méndez P., Cnl. José Carrasco R., Marcelo Galindo de U., Cnl. Carlos Ardiles I.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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