LEY NUMERO 204
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Créase la quinta sección municipal de la provincia Tomina del departamento de Chuquisaca con capital EL VILLAR y con jurisdicción sobre los cantones El Villar y Juana Azurduy de Padilla.
Artículo 2. De acuerdo al artículo 6° del decreto supremo de 5 de diciembre de 1950, la nueva delimitación de esta sección municipal correrá a cargo del Instituto Geográfico Militar.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 14 de noviembre de 1962.
Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Flores Arias, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Ciro Humboldt B., Senador Secretario, Eduardo Ochoa, Senador Secretario, Hugo Suárez G., Diputado Secretario, Stanley Gamberos, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y dos años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Antonio Arze Murillo, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.