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LEY Nº 225

LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 1962

 

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

 

Artículo 1. Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Oruro, transferir a la Empresa de Teléfonos Oruro S.A., dos plantas del Palacio Consistorial en construcción, situadas sobre el pasaje de las calles Bolívar y Plaza Castro de Padilla de esa ciudad.

 

Artículo 2. El valor establecido en base a la tasación pericial, será pagado por la Empresa de Teléfonos Oruro, en acciones extendidas a nombre de la H. Alcaldía Municipal de Oruro.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 16 de noviembre de 1962.

 

Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Flores A., Presidente de la H. Cámaar de Diputados, Eduardo Ochoa, Senador Secretario, Octavio Rivadeneira, Senador Secretario, Stanley Gamberos, Diputado Secretario, Hugo Suárez G., Diputado Secretario.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y dos años.

 

FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, José Antonio Arze Murillo, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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