LEY Nº 242
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha, sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Créase el Cantón Río Verde en la circunscripción del vice cantón Quilaquila, de la provincia Bustillos del departamento de Potosí.
Artículo 2. La delimitación correrá a cargo del Instituto Geográfico Militar, conforme dispone el artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 19 de diciembre de 1962.
Fdo. Mario Torrez C., Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Flores A., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Octavio Rivadeneira, Senador Secretario, Ismael Olivarez, Senador Secretario, Stanley Gamberos, Diputado Secretario, Jorge Orozco L., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Es dado en el Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de enero de mil novecientos sesenta y tres años.
FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, José Antonio Arze M., Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.