TEXTO DE CONSULTA
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LEY Nº 362

 

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL H. CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo Único. Apruébanse el Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades del Organismo Internacional de Energía Atómica y la Adhesión a la Convención sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, suscritos en Viena el 30 de mayo de 1967 por el Excelentísimo señor Vicepresidente de la República de Bolivia.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 4 de diciembre de 1967.

 

Fdo. Dr. Luis Adolfo Siles Salinas, Presidente del H. Congreso Nacional, Hugo Bozo Alcócer, Presidente d elH. Senado Nacional, Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario Congresal, Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario Congresal, Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario Congresal, Conrado Peramás Cardona, Diputado Secretario Congresal.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y siete años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Walter Guevara A.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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