DECRETO LEY Nº 07653
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO
OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo No. 07528 de fecha 23 de febrero del presente año, se ha dispuesto la expropiación de un inmueble situado en la localidad de Sipe Sipe, de propiedad de los esposos Zenón Espinoza y Francisca Mendiola de Espinoza, para el funcionamiento del Colegio “Fernando Ayala Requena”.
Que, la expropiación es una carga jurídica que recae directamente sobre los bienes inmuebles sin considerar la persona de sus propietarios.
Que, la mencionada expropiación hace referencia solamente al cónyuge Zenón Espinoza, y no así a su esposa Francisca Mendiola de Espinoza.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Compleméntase el Decreto Supremo No. 07528 en sentido de que la expropiación del inmueble situado en Sipe Sipe, y destinado al Colegio Secundario “Fernando Ayala Requena” alcanza a los propietarios señores Zenón Espinoza y Francisca Mendiola de Espinoza, debiendo recaer sobre la totalidad de la propiedad mencionada, o sea en una extensión de terreno de 1.200 metros cuadrados, cuyas colindancias se detallan en el artículo 1° de la referida disposición suprema.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos sesenta y seis años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cnl. Joaquín Zenteno A., Tcnl. Carlos Alcoreza, Tcnl. Hugo Banzer S., Cnl. Jaime Berdecio, Cnl. Sigfredo Montero, Tcnl. René Bernal, Cnl. Carlos Ardiles I., Cnl. José Carrasco, Marcelo Galindo de U.