DECRETO LEY Nº 07650
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO
OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que las razones para dictar el Decreto Supremo No. 07161 aclarando la correcta interpretación del artículo 22 del Decreto Supremo No. 02873 de fecha 28 de noviembre de 1951, han sido superadas, no siendo por lo tanto aplicable a los nuevos trámites presentados ante el Ministerio de Hacienda.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Queda derogado el Decreto Supremo No. 07161 de 14 de mayo de1965, debiendo a partir de la fecha aplicarse el contenido del Decreto Supremo No. 02873 de fecha 28 de noviembre de 1951 en todas sus partes.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos sesenta y seis años
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cnl. Joaquín Zenteno A., Tcnl. Oscar Quiroga T., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Cnl. Jaime Berdecio Z., Tcnl. Hugo Suárez G., Cnl. Sigfredo Montero V., Cnl. Juan José Torrez, Cnl. José Carrasco R., Marcelo Galindo de Ugarte.