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DECRETO LEY Nº 07624

GENERAL DE EJERCITO ALFREDO

OVANDO CANDIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Supremo No. 07161 de 14 de mayo de 1965 no interpreta con claridad y amplitud el artículo 22 del Decreto Supremo No. 02873 de 28 de noviembre de 1951, referente a las liberaciones de derechos de aduana que se reconocen en favor de los funcionarios bolivianos de carrera, diplomáticos y consulares, que regresan al país después de cumplir su misión en el extranjero;

 

Que, para no incurrir en malas aplicaciones de la citada disposición legal;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Derógase el Decreto Supremo No. 07161 de 14 de mayo de 1965 años, manteniéndose en vigencia, en todas sus partes, del Decreto Supremo No. 02873 de 28 de noviembre de 1951.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los once días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y seis años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cnl. Joaquín Zenteno A., Tcnl. Hugo Banzer S., Cnl. Juan José Torrez G., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Sigfredo Montero V., Tcnl. René Bernal E., Cnl. Carlos Ardiles I., Cnl. Eduardo Méndez P., Cnl. Juan Lechín S.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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