TEXTO DE CONSULTA
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LEY N° 1949

LEY DE 18 DE MARZO DE 1999

 

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A :

Artículo Primero.- Autorizar la transferencia a título oneroso de dos terrenos de propiedad de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, ubicados en la ciudad de Bermejo, Capital de la Segunda Sección de la Provincia Arce del Departamento de Tarija, cuya extensión superficial alcanza a las 18 hectáreas y 2.033 Mts.2, en favor de la Prefectura del Departamento de Tarija y con destino a la construcción del Aeropuerto de la ciudad Bermejo.

Artículo Segundo.- El procedimiento administrativo de la transferencia se sujetaría a lo establecido en las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios y con cargo a los pasivos del Tesoro General de la Nación.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.

Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Luis Llerena Gamez.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.

FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Herbert Müller Costas, Jorge Pacheco Franco.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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