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LEY Nº 1273
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 1991

 

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

 

ARTICULO PRIMERO. Declárase de prioridad nacional y necesidad regional la rehabilitación y mantenimiento de la carretera: Vallegrande -Masicuri - Ipitá, y la construcción en su trayecto del puente sobre el Río Grande, para integrar las Provincias Vallegrande y Cordillera del Departamento de Santa Cruz.

 

ARTICULO SEGUNDO. Encomiéndase al Servicio Nacional de Caminos y a la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz (CORDECRUZ), la elaboración de los estudios necesarios para concretar el diseño final y la ejecución de las obras.

 

ARTICULO TERCERO. Autorízase al Poder Ejecutivo y a la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz, a gestionar el financiamiento, sea de fuente interna y/o externa para el cumplimiento de la presente Ley.

 

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y un años.

 

Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Oscar Vargas Molina, Arturo Liebers Baldivieso, Walter Villagra Romay.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y un años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Samuel Doria Medina, Willy Vargas Vacaflor.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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