TEXTO DE CONSULTA
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LEY Nº 1451
LEY DE 15 DE FEBRERO DE 1993

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A :

Artículo Único. De conformidad con el Artículo 59 atribución 5a., de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo por la suma de hasta CINCUENTA Y CINCO 00/100 MILLONES DOLARES AMERICANOS ($us. 55.000.000.-) de Capital Ordinario (CO) firmado entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo el día 15 de diciembre de 1992, en la ciudad de Washington, para el cofinanciamiento del Proyecto “CORREDOR BENI - LA PAZ - FRONTERA PERUANA” a ser ejecutada por el Servicio Nacional de Caminos (SNC) y por la Secretaría nacional del medio Ambiente (SENMA).

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.

Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Oscar Vargas Molina, Arturo Liebers Baldivieso, Walter Alarcón Rojas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Carlos Aponte Pinto.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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