LEY Nº 1457
LEY DE 18 DE FEBRERO DE 1993
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único. De conformidad con el Artículo 59, atribución 5a. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo suscrito entre la República de Bolivia y el Kreditanstalt Fur Weideraufbau de la República Federal de Alemania en fecha 17 de noviembre de 1992, por la suma de DM. 27.000.000.- (VEINTISIETE MILLONES DE MARCOS ALEMANES) destinados a financiar el Proyecto de Ajuste Estructural 1.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Carlos Farah Aquim, Ramiro Argandoña Valdéz, Arturo Liebers Baldivieso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana.