TEXTO DE CONSULTA
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LEY Nº 1471
LEY DE 10 DE MARZO DE 1993

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A :

Artículo Primero. Creáse el cantón VALLE HERMOSO, en la jurisdicción de la provincia Nor Chichas del departamento de Potosí, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las comunidades: Kollpa Pampa, Rancho Ascanti, Ñeskheri.

Artículo Segundo. Los límites de la nueva creación son: al norte, con el cantón Cotagaita; el sud, con la provincia Sud Chichas; al este, con el cantón Ramadas y al oeste con el Cantón Cotagaita.

Artículo Tercero. De conformidad con el Art. 6to del D. S. Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar los planos respectivos y fijar los hitos correspondientes.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.

La Paz, 12 de febrero de 1993.

Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Raúl Hurtado Durán, Arturo Liebers Baldivieso, Ramiro Argandeña Valdéz.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos noventa y tres años.

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos A. Saavedra Bruno.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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