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DECRETO LEY Nº 07592

GENERAL DE EJERCITO ALFREDO

OVANDO CANDIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Ministerio de Educación y Bellas Artes, posee con derecho de dominio y propiedad en la población lacustre del Santuario de Copacabana, provincia Manco Kapac de este Departamento, el inmueble que perteneció a Claudio San Román.

 

Que, el Ministerio de Salud Pública, precisa en forma imperiosa y necesaria, la instalación en dicho inmueble de un Centro de Salud, en protección de la salud de esa población, que no cuenta a la fecha con auxilios médicos y sanitarios.

 

EN CONSEJO DE GABINETE,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Educación y Bellas Artes, la transferencia del derecho propietario del mencionado inmueble de la población de Copacabana en favor del Ministerio de Salud Pública, mediante las disposiciones de la legislación común procesal.

 

ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Salud Pública, instalará en el inmueble transferido, un Centro de Salud en resguardo del bienestar de esa población.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Educación y Bellas Artes y Salud Pública, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de abril de mil novecientos sesenta y seis años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cnl. Joaquín Zenteno A., Tcnl. Oscar Quiroga T., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Hugo Banzer S., Tcnl. René Bernal E., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Carlos Ardiles I., Cnl. Sigfredo Montero V., Cnl. J. J. Torrez, Cnl. José Carrasco R., Cnl. Rogelio Miranda B.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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