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LEY Nº 1369
LEY DE 9 DE NOVIEMBRE DE 1992

 

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo Primero. Créase el cantón “NUEVA COLCHA” en la jurisdicción de la provincia Bustillo del departamento de Potosí, comprendiendo bajo su nueva jurisdicción a las comunidades: CHAYANTA, PAMPA CHURU, KOLLPA, WAYTI, COLCHA NUEVA, CKERARI e IACCHA.

 

Artículo Segundo. Los límites de la nueva jurisdicción son: al norte de la provincia Alonzo de Ibáñez; al sud con el cantón Chayanta; al este con la provincia Alonzo de Ibáñez y al oeste con el cantón Irupata y la provincia Alonzo de Ibáñez.

 

Artículo Tercero. El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el Artículo 6to. del Decreto Supremo No. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.

 

Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.


Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 27 de octubre de 1992.

 

Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena C. de Zuleta, Carlos Farah Aquim, Walter Villagra Romay, Walter Alarcón Rojas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos A. Saavedra Bruno.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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