LEY Nº 1885
LEY DE 12 DE AGOSTO DE 1998
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA
ARTICULO UNICO.- Se autoriza la enajenación de trescientos veintiséis lotes de terreno con una superficie de 66,748.00 mts2 (sesenta y seis mil setecientos cuarenta y ocho metros cuadrados), pertenecientes a la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de El Alto, ubicadas en la urbanización " 31 de Octubre-Tarapacá ", ex - comunidad " Junthuma", zona Sur de la ciudad de El Alto, en favor de trescientos veintiséis ex trabajadores mineros relocalizados de la COMIBOL, de acuerdo a las condiciones y detalle establecido en la Resolución Municipal Nº 080/88 pronunciada por la H. Alcaldía Municipal de El Alto y homologada por Resolución Concejal Nº 049/94 de la citada H. Alcaldía.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca Villavicencio, Jhonny Plata Chalar.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Herbert Muller Costas, Jorge Pacheco Franco, Amparo Ballivián Valdes.