LEY Nº 1895
LEY DE 8 SEPTIEMBRE DE 1998
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Declárase Patrimonio Histórico, Religioso y Cultural la "Fiesta Grande de San Roque" de la ciudad de Tarija.
ARTICULO SEGUNDO.- Instrúyase al Ministro de Educación. Cultura y Deportes, a través del Viceministerio de Cultura, colocar una placa en el Templo de San Roque que establezca como "PATRIMONIO HISTORICO, RELIGIOSO Y CULTURAL" la fiesta Grande de San Roque.
ARTICULO TERCERO.- Autorízase al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes gestionar asistencia técnica y financiera para el desarrollo de programas el mantenimiento del Templo y la preservación de la fiesta Grande de San Roque.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días mes de septiembre de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Mauro Bertero Gutiérrez, MINISTRO INTERINO DE LA PRESIDENCIA, Herbert Muller Costas, Tito Hoz de Vila Quiroga.