LEY Nº 1899
LEY DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1998
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el artículo 59, Atribución 12a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Protocolo sobre Tratamiento Impositivo y Arancelario Adicional al acuerdo de Orán de 9 de junio de 1995, suscrito entre la República de Bolivia, y la República Argentina el 24 de abril de 1998.
Pase al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Mario Paz Zamora, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Augusto Valda Vargas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Herbert Müller Costas, Jorge Pacheco Franco.