TEXTO DE CONSULTA
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LEY N° 754
LEY DE 30 DE ABRIL DE 1985


HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el H.Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:


EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

 

Artículo Único. Homologar la Ordenanza Municipal N° 4/83, de fecha 27 de junio de 1983, dictada por la H. Alcaldía Municipal de Entre Ríos, provincia O’Connor del departamento de Tarija, mediante la cual se transfiere a título de donación a favor del Ministerio de Educación y Cultura, y con destino a la construcción del kindergarten de esa localidad, un lote de terreno de propiedad Municipal ubicado entre las calles Sucre y Ayacucho, con una extensión de 2.094, 02 m2.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 12 de abril de 1985.

 

Fdo. H. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo L., Luis Añez A., Luis Pelaez R., Guido Camacho R., Jaime Villegas D.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez Plata,

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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