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LEY N° 758

LEY DE 30 DE ABRIL DE 1985

 

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Artículo 1. Declárase de prioridad e interés nacional, la construcción del aeropuerto Internacional de la ciudad de Yacuiba del departamento de Tarija, que comprende: Pista de hormigón asfáltico, calle de rodaje de hormigón asfáltico, plataforma de pavimento rígido, edificio terminal de pasajeros del aeropuerto.

 

Artículo 2. Para ejecutar el proyecto del aeropuerto Internacional de Yacuiba, se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar una licitación internacional con financiamiento a través de un empréstito de fondos del exterior.

 

Artículo 3. El Ministerio de Aeronáutica y la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) incluirán en sus programas de inversiones, a partir de la gestión de 1985, el proyecto del aeropuerto internacional mencionado en los anteriores artículos.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 12 de abril de 1985.

Fdo. H. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo L., Luis Añez A., Luis Pelaez R., Guido Camacho R., Jaime Villegas D.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Antonio Arnez Camacho.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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