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LEY N° 2058

 

LEY DE 8 DE MARZO DE 2000

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

ARTICULO UNICO.- En uso de la atribución conferida por el artículo 59, Numeral 7) de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de Sucre transferir a título oneroso nueve lotes que conforman el proyecto de Ordenamiento de Lotes de la Zona de El Tejar, sector Villa Fátima, en favor de los propietarios adyacentes que figuran en la Resolución Municipal N° 162/91 de 27 de diciembre de 1991.

 

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil años.

 

Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos García Suárez , Jorge Sensano Zárate, Verónica Palenque Yanguas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de marzo de dos mil años.

 

FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Franz Ondarza Linares, Herbert Müller Costas.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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