LEY N° 2060
LEY DE 8 DE MARZO DE 2000
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
ARTICULO PRIMERO.- Se declara de prioridad nacional la construcción del Aeropuerto Internacional de Laja.
ARTICULO SEGUNDO.- Se encomienda al Fondo Nacional de Desarrollo Regional la financiación inmediata de los estudios de prefactibilidad, de factibilidad a diseño final, de impacto ambiental y otros que correspondan.
ARTICULO TERCERO.- Una vez que sean trasladados los equipos y servicios del actual Aeropuerto Internacional de El Alto al de Laja, serán revertidos al dominio original del Estado todos los terrenos y sus edificaciones para los usos que serán determinados mediante ley especial.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés del mes de febrero de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso,Gonzalo Molina Ossio, Carlos García Suárez , Jorge Sensano Zárate, Verónica Palenque Yanguas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de marzo de dos mil años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Franz Ondarza Linares, Herbert Müller Costas, José Luis Lupo Flores.