LEY Nº 1327
LEY DE 23 ABRIL DE 1992
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Primero.- Declárase de prioridad nacional la construcción de la carretera asfaltada Tarija - Entre Ríos - Villamontes.
Artículo Segundo.- Incorpórase esta carretera a la red fundamental caminera del país.
Artículo Tercero.- Autorízase a los Ministros de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil, de Planeamiento y Coordinación y de Finanzas concretar financiamiento internacional para su construcción.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos años
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Oscar Vargas Molina, Walter Villagra Romay, Ramiro Argandoña Valdéz.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramírez, Carlos Aponte Pinto.