DECRETO LEY Nº 07515
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO
OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que es deber de la sociedad y de las personas particulares contribuir a la educación de las niñez y la juventud;
Que el Supremo Gobierno de la Nación tiene la obligación de solucionar las dificultades del servicio nacional de educación, que precisa de nuevos locales escolares para dar cabida a la constante elevación de la población escolar;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTÍCULO 1.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación del inmueble situado en la calle Santa Cruz No. 466 de esta ciudad, conocido con el nombre de Tambo Copacabana, dentro de las colindantes siguientes: Sara B. de Jiménez, Justina v. de Iturralde y Enrique Mercado Palza; el cual será destinado al funcionamiento de planteles educativos de la ciudad de La Paz.
ARTÍCULO 2.- La Prefectura del Departamento se encargará del trámite de expropiación, de conformidad con las disposiciones de la ley de 30 de diciembre de 1884.
ARTÍCULO 3.- El pago del inmueble estará a cargo de la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz y del Ministerio de Educación y Cultura.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Educación y Cultura y Hacienda, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.
Es dado en la ciudad de La Paz a los dieciseis días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y seis años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Tcnl. Oscar Quiroga T., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Hugo Banzer S., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Sigfredo Montero V., Cnl. Carlos Ardiles I., Cnl. Eduardo Méndez P., Marcelo Galindo de U., F. Diez de Medina.