TEXTO DE CONSULTA
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LEY No 781

LEY Nº 781
LEY DE 5 DE FEBRERO DE 1986

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

.

Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Artículo Único.- Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo N° 19718, de fecha 3 de agosto de 1983, en sus once artículos, con la sola modificación y ampliación del artículo 1°, que dirá: “ Se encomienda al Banco Central de Bolivia la administración y sostenimiento de la Casa de la Libertad, Biblioteca y Archivo Nacionales, en la ciudad de Sucre, la Casa de la Moneda en la ciudad de Potosí y el Museo Nacional de Etnografía y Folklore en la ciudad de La Paz, repositorios nacionales cuyos patrimonios culturales guardan tesoros invalorables; y se ratifican las denominaciones usadas en el presente artículo como las únicas oficiales de las cuatro instituciones culturales referidas.

 

El Ministerio de Educación y Cultura ejercerá tuición sobre los repositorios nacionales mencionados, por intermedio del Instituto Boliviano de Cultura, con fines de orientación, cooperación y coordinación de sus actividades.”

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 3 de septiembre de 1985.

 

Fdo. Julio Garret Aillón, Gastón Encinas V., Luis Pelaez Rioja, Jaime Villegas Durán, Guillermo Richter A., Jorge Kohler Salas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Franklin Anaya.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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