LEY Nº 837
LEY DE 11 DE ABRIL DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único.- Dispónese la adhesión de la república de Bolivia a la celebración, del Año Internacional de la Paz, acordada por la Organización de las Naciones Unidas, y declárase a 1986 el Año Internacional de la Paz.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 2 de abril de 1986
Fdo.Oscar Zamora M., Jaime Villegas D., Agustín Ameller, Gastón Encinas V., Luis Peláez R., Guillermo Richter A.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los once días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez.