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DECRETO LEY Nº 07498

GENERAL DE EJERCITO ALFREDO

OVANDO CANDIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, los campesinos de Villa Evita de la provincia Arani del departamento de Cochabamba, solicitan la expropiación de un lote de terreno para la construcción de un local con destino al funcionamiento de la Escuela Rural del lugar;

 

Que, de acuerdo al artículo 17 de la Constitución Política del Estado, procede la expropiación de bienes inmuebles de propiedad particular, para fines de interés colectivo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA :

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de un lote de terreno de 23.433 metros cuadrados, de propiedad de Natalio Gumucio, ubicado en Villa Evita, provincia Arani del departamento de Cochabamba, con destino a la construcción de la Escuela Rural del lugar.

 

ARTÍCULO 2.- La Prefectura del Departamento de Cochabamba seguirá el trámite legal de expropiación con arreglo a lo dispuesto al D.S. de 4 de abril de 1879 elevado a rango de ley en 30 de diciembre de 1884, debiendo abonarse el valor catastral vigente de acuerdo al artículo 3° de la ley de 25 de octubre de 1944, con fondos propios de la Junta de Auxilio Escolar.

 

El Ministro de Estado en el Despacho de Asuntos Campesinos, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y seis años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cnl. Joaquín Zenteno A., Tcnl. Hugo Bánzer S., Tcnl. Samuel Gallardo L., Cnl. Rogelio Miranda B., Cnl. Jaime Berdecio Z., Tcnl. René Bernal E., Cnl. Eduardo Méndez P., Cnl. Juan Lechín S., Marcelo Galindo de U.

 

 

 

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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