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LEY N° 543
LEY DE 27 DE ABRIL DE 1983


HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:


EL H. CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo Primero. Declárase fecha cívica nacional el día del siringuero boliviano el 11 de octubre de cada año, fecha en que se recuerda la Batalla de Bahía y de la gloriosa columna Porvenir, formada por trabajadores siringueros, librada en defensa de la integridad del territorio nacional.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 14 de Abril de 1983.

 

Fdo. Julio Garret Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Héctor Hormachea Peñaranda, Luís Añez Alvarez, Willy Vargas Vacaflor, Pablo Steimbach Moreno.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de abril de mil novecientos ochenta y tres años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortiz Mercado, Mario Roncal Antezana.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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