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LEY Nº 2244

LEY DE 31 DE JULIO DE 2001

 

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO PRIMERO.- Para el cumplimiento de las misiones específicas de la Fuerza Aérea Boliviana y los objetivos planteados para su utilización transfiérase, a título gratuito, en forma definitiva con carácter de propiedad a dicha institución, los terrenos de “El Bañado”, de propiedad de la Prefectura de Chuquisaca, contiguos a la pista de aterrizaje de la localidad de Monteagudo, con una extensión de 47.284 Mts2.

 

ARTICULO SEGUNDO.- El procedimiento a utilizarse en la transferencia, será de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 25964 en su artículo 184, en lo aplicable y tomándose como fecha de corte, la fecha de promulgación de la presente Ley.

 

ARTICULO TERCERO.- La Prefectura del Departamento de Chuquisaca, queda encargada del cumplimiento de la presente Ley.

 

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil un años.

Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil Melgar Mustafá, Alvaro Vera Corvera, Roberto Caballero Oropeza, Jorge Senzano Zárate, Franz Rivero Valda.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil un años.

 

FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Marcelo Pérez Monasterios, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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