DECRETO SUPREMO N° 19507
DR. HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que con el propósito de velar por el buen funcionamiento, la modernización, expansión de los servicios públicos del transporte, el Gobierno Constitucional de la República mediante D.S. No 19460 de 14 de marzo de 1983, a creado la Empresa Nacional de Transporte Automotor (ENTA).
Que para el cumplimiento de parte de sus fines de creación, debe dotarse a la Empresa Nacional de Transporte Automotor (ENTA) de los recursos suficientes para su inicial plan de arranque, de acuerdo a lo previsto por el Artículo 6o. del D.S No. 19460, además de proporcionarle lo medios que posibiliten su específica labor.
Que en los almacenes de mercaderías rezagadas dependientes de la Dirección General de Aduanas existen varias unidades de vehículos motorizados de diferentes marcas y características, en especial buses que fueron importados con destino al servicio público urbano, sin que los propietarios y/o consignatarios hubieran efectuado gestión alguna no obstante el tiempo transcurrido para los despacho aduaneros, haciendo abandono de estas unidades y cayendo en consecuencia en rezago de conformidad a lo preceptuado por los artículos 289 y 295 de la Ley Orgánica de Administración Aduanera, encontrándose los mismos en estado de remate, de acuerdo a lo previsto por el artículo 302 de la citada Ley.
Que debido a la necesidad imperiosa de dotar la población de un servicio automotor público que responda a sus necesidades, se debe disponer que los vehículos en estado de rezago pasen como capital de arranque a la Empresa Nacional de Transporte Automotor, donde deberán cumplir las funciones principales para lo cual importados.
Que asimismo debe señalarse el procedimiento de pago a los consignatarios de las unidades importadas conciliando los intereses de los particulares y del Estado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Dirección General de Aduanas la entrega directa de 21 omnibuses marca Mercedes Benz, que se encuentra en los almacenes de AADAA., y 16 omnibuses de las marcas Dodge y Fargo que se encuentran en depósitos en la playa de seguridad de AADAA., o sea en total 37 omnibuses de las marcas mencionadas, en favor de la Empresa Nacional de Transporte Automotor (ENTA), conforme a volantes de tarja, número de manifiesto y carta de porte que se indican.
VOLANTE DE TARIJA
NUMERO DE MANIFIESTO
CARGA DE PORTE
036628
036629
036630
036631
036632
036633
036634
036635
036636
036637
036638
036639
036640
036641
036642
036643
036644
036645
036646
036647
037026
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
078/81
074/81
069/81
081/81
079/81
068/81
119/81
118/81
071/81
077/81
067/81
075/81
080/81
070/81
076/81
066/81
116/81
073/81
115/81
827/81
117/81
3389/2481
3393/2485
3398/2490
3390/2482
3394/2486
3388/2480
3530/2585
3529/2584
3397/2489
3396/2488
3395/2487
3532/2587
3387/2479
3392/2484
3391/2483
3551/2586
62625
62626
62630
62655
62631
62656
62902
62903
62654
62657
62633
62652
62634
62632
62629
62677
62905
62628
62904
62653
62901
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
s / n
ARTÍCULO 2.- El acta de entrega y conformidad de la recepción, servirán para la cancelación de los respectivos manifiestos y descargo para la Dirección General de Aduanas y AADAA.
ARTÍCULO 3.- Los consignatarios deberán acreditar su derecho propietario mediante la presentación de documentos correspondientes, ante el Ministerio de Finanzas, para su posterior remisión a la Empresa Nacional del Transporte (ENTA), para su pago dentro de un racional acuerdo que precautele los intereses de los particulares y del Estado.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Finanzas y de Transportes y Comunicaciones, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presen
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Velarde Dorado, Mario Roncal Antezana, José Ortiz Mercado, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martínez, Javier Lupo Gamarra, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Zenón Barrientos Mamani, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Oscar Villa Urioste, Horacio Torres Guzmán, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peña.