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DECRETO SUPREMO N° 16948

GRAL. DIV. DAVID PADILLA

ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE

GOBIERNO

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, la H. Alcaldía Municipal de Tarija, mediante Ordenanza No 21/79 de 27 de julio de 1979, ha donado al Rotary Club de Tarija 700 Metros cuadrados, al Club de Leones de Tarija 700 metros cuadrados, y a Radio Club Boliviano, filial 7, de Tarija 600 metros cuadrados, de los terrenos de su propiedad ubicado en la márgen del rio Guadalquivir, contigua a la Avendida de Las Américas de la ciudad de Tarija, con destino a la construcción de sus locales de servicio.

 

Que, las instituciones nombradas prestan ayuda positiva a la colectividad tarijeña, siendo convenientes cooperar a los objetivos de la H. Alcaldía Municipal de Tarija de lograr el mejor desarrollo de sus actividades para lo que requieren de locales propios que reunan condiciones afines;

 

Que, la ordenanza Municipal de Tarija ha dispuesto los plazos y condiciones a los que deben sujetarse los adjadicatarios:

 

Que, es conveniente aprobar la donación efectuada por la H. Alcaldía Municipal de Tarija.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la Ordenanza No 21/79 de 27 de julio de 1979, dictada por la Honorable Alcaldía Muncipal de Tarija.

 

ARTÍCULO 2.- La Alcaldía Municipal de Tarija, con las formalidades legales del caso extenderá los documentos correspondientes.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la Cuidad de La Paz, a los un días del mes de Agosto de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmon, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodriguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Félix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Jaime Arancibia Echavarría.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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